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El reglamento sobre Clasificación, etiquetado y envasado de sustancias químicas (CLP) es la adaptación del reglamento GHS (Globally Harmonized System) de Naciones Unidas. Su aplicación tiene origen en una primera promulgación, efectuada por el Parlamento Europeo y el Consejo, en 2008. Con posterioridad a esta fecha ha sufrido diversas modificaciones, correcciones y ampliaciones, con el fin de adaptarse al progreso científico y técnico.
El CLP es el Reglamento n. 1272 de la Comisión Europea (UE 1272/2008). Sus fases de implantación han sido dos: el 1 de diciembre de 2010 para sustancias, y el 1 de junio de 2015 para mezclas. El CLP ha sido modificado a través de sucesivas revisiones. Hasta el momento han sido publicadas seis, y la que afecta al obligado cumplimiento de la clasificación, etiquetado y envasado para mezclas, es la quinta. Una sexta revisión será de aplicación obligatoria parcial a partir del 1 de enero de 2016.
La normativa CLP aquí y ahora
En España, las obligaciones de las empresas que manejan sustancias y mezclas, pertenecientes a diferentes sectores de la industria química, se reflejan en los siguientes aspectos:
- Cumplimiento de la correcta clasificación y etiquetado marcados por el CLP.
- Obligatoriedad de crear Fichas Toxicológicas, y envío de documentación al organismo competente en cada país (en España el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, INTCF).
- Generación de Fichas de Datos de Seguridad (MSDS, Material Safety Data Sheet) adaptadas al anexo II del reglamento (UE) 453/2010.
- Etiquetado.