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Bajo Seveso III las empresas afectadas deben elaborar/reelaborar la Notificación de Accidentes Graves, considerando de manera explícita la presencia de nuevas categorías de sustancias peligrosas en su establecimiento. En muchos casos se requiere la aplicación de la regla de la suma para establecer el nivel de afectación. El presente artículo revisa los aspectos normativos a considerar, y establece un novedoso método de desglose de cantidades y ratios (el método H/P/E) que permite dar trazabilidad total al cálculo realizado.
Mediante el Reglamento (CE) nº 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, la Unión Europea adoptó el Sistema Global Armonizado de Naciones Unidas sobre clasificación y etiquetado de sustancias y mezclas.
A fin de adecuarse al nuevo sistema de clasificación, la UE aprobó la Directiva 2012/18/UE (Seveso III), relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas y por la que se modifica y se deroga la Directiva 96/82/CE (Seveso II).
El 21 de octubre de 2015 se aprueba el Real Decreto 840/2015, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, que transpone al ordenamiento español las previsiones de la Directiva 2012/18/UE.