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A punto de cumplir 15 años de la publicación del Real Decreto 681/2003, de 12 de junio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo, quedan muchos aspectos por abordar para cerrar completamente el ciclo y asegurar una protección integral de los trabajadores. En el presente artículo se comenta la tendencia de la industria en los próximos años para cerrar el ciclo ATEX en los aspectos formativos, de inspección y de auditoría.
En estos quince años la gran mayoría de empresas con riesgos por presencia de atmósferas explosivas ya se han dotado de un Documento de Protección Contra Explosiones (DPCE), en cumplimiento de lo previsto por el art. 8. del citado Real Decreto. A pesar de no haber un índice y una guía de realización de obligado cumplimiento, generalmente el DPCE suele dar respuesta a los requerimientos más claros y evidentes del Real Decreto, incluyendo por lo menos un apartado de clasificación de zonas y un apartado de evaluación del riesgo de incendio y/o explosión. En la mayoría de casos se incluyen detalles acerca de la formación específica impartida a los trabajadores o del plan de formación previsto. Asimismo, se recoge el resultado de las comprobaciones de campo realizadas sobre los equipos de trabajo instalados (normalmente de manera aleatoria no exhaustiva), para finalmente concluir con un listado de acciones correctoras para la puesta en seguridad de las instalaciones que, una vez realizadas, suelen dan por cerrada la versión del documento. Sin embargo, no todas las obligaciones del empresario que el legislador pretendió incluir en el capítulo II del Real Decreto se pueden dar por zanjadas mediante la realización del DPCE, por completo que sea, visto que entre las obligaciones generales se incluyen conceptos tan amplios como los del artículo 5: “el empresario tomará las medidas necesarias para que: a) (…) el ambiente de trabajo sea tal que el trabajo pueda efectuarse de manera segura. b) En los ambientes de trabajo (…) se asegure (…) una supervisión adecuada de dichos ambientes”.