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Con la llegada de 2025, la norma española de envases que vio la luz en 2022 ha comenzado a aplicarse en su totalidad y, con ella, una serie de nuevas obligaciones para los miles de empresas en España que utilizan cualquier envase para comercializar sus productos en el país. Para poder comprender el impacto de la norma, es necesario entender qué se considera un envase.
Según el RD 1055/2022, un envase es “todo producto fabricado con materiales de cualquier naturaleza y que se utilice para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías, desde materias primas hasta artículos acabados, en cualquier fase de la cadena de fabricación, distribución y consumo”.
Esto supone que cualquier empresa que comercialice sus productos en bidones o garrafas (ejemplos de envases primarios de gran uso en este sector), y los agrupe en cajas o los transporte en palés o film retractilado (ejemplos de envases secundarios y terciarios respectivamente), es susceptible de ser considerada “Productor de Producto” y, como tal, tener nuevas obligaciones a las que hacer frente.
Desde 2023, las empresas afectadas por esta normativa han estar inscritas en el Registro de Productores de Producto (RPP) y reportar con carácter anual -al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico- los envases que introducen en el mercado, dando así respuesta a las llamadas obligaciones de Información de puesta en el mercado.