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El 19 de enero se reunieron en Madrid la Comisión Negociadora del XVIII Convenio General de la Industria Química, integrada por representantes de FEIQUE, CCOO de Industria y UGT-FICA, al objeto de firmar el Acta de revisión salarial de los años 2015 y 2016, así como del incremento salarial de 2017.
De esta forma, se han suscrito los siguientes acuerdos:
Habiéndose constatado, según datos del Instituto Nacional de Estadística, que la suma del IPC general español correspondiente a los años 2015 y 2016 es inferior a la suma de los incrementos pactados en el XVIII Convenio General de la Industria Química para los referidos años, no procede efectuar revisión salarial alguna en el periodo indicado.
En línea con lo establecido en el XVIII Convenio General de la Industria Química, procede un incremento salarial para 2017 del 1,7 % sobre la Masa Salarial Bruta de 2016. En consecuencia, se ha acordado proceder al incremento salarial de 2017 con carácter retroactivo al 1 de enero de 2017, aplicando dicho incremento del 1,7% según el procedimiento establecido en el artículo 33 del Convenio.
De conformidad con el mismo precepto del Convenio, de este porcentaje de incremento a aplicar sobre la Masa Salarial Bruta de 2017 (1,7 %), se reservará un 0,34 % destinado a los siguientes conceptos:
a) Nuevas antigüedades
b) Complemento de puesto de trabajo
c) Ajuste de abanicos salariales dentro del mismo grupo profesional y entre los distintos grupos profesionales
Igual porcentaje de incremento del 1,7 % se aplica sobre las tablas de Salarios Mínimos Garantizados de los artículos 32 y 44, pluses del artículo 40, plus de turnicidad del artículo 44.7 y dietas y kilometraje del artículo 28.4.