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Tecnifuego informa de los importantes cambios en la normativa de seguridad contra incendios que se han producido durante 2021.
Mencionar en primer lugar, la modificación del RIPCI. En el BOE el Real Decreto 298/2021, de 27 de abril, se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, entre ellas se introduce alguna reforma en el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI). Dicho Real Decreto entró en vigor el 1 de julio de 2021. No obstante, las empresas dispondrán de un año desde la entrada en vigor del presente real decreto, (hasta el 1 de julio de 2022) para adaptarse a las condiciones y requisitos establecidos
Además, se ha publicado la nueva UNE-EN 14972-1, Sistemas fijos de lucha contra incendios. Sistemas de agua nebulizada. Parte 1: Diseño, instalación, inspección y mantenimiento. Esta norma es la versión española de la Norma Europea EN 14972-1:2020, que anula y sustituye a la Especificación Técnica UNE CEN/TS 14972:2014. El trabajo se ha desarrollado dentro del CTN23, cuya Secretaría ostenta TECNIFUEGO, Asociación Española de Sociedades de Protección contra Incendios.
En este año se ha publicado la nueva norma UNE 23530:2021 de Retardantes de largo plazo para incendios forestales: procedimientos para la calificación y control de calidad de los materiales. Esta norma contiene los requisitos de producto para las propiedades físicas y químicas, su comportamiento mínimo ante el fuego (eficacia) y demás propiedades para los retardantes de largo plazo, basados en fosfatos y polifosfatos, adecuados para la aplicación en incendios forestales.
Otra importante norma en la que se ha estado trabajando durante años es la norma UNE 192005-2, Procedimiento para la inspección reglamentaria. Seguridad contra incendios. Parte 2: Instalaciones de protección contra incendios. Se trata de armonizar la metodología aplicable en las inspecciones periódicas reglamentarias de las instalaciones de protección contra incendios (PCI), en base a la que los Organismos de Control Autorizados (OCA) realizarán las inspecciones reglamentarias ordenadas por el RD 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprobó el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, RIPCI.
Otra norma muy esperada y que se ha publicado en 2021 es la norma UNE 23500, que establece los requisitos para los sistemas de abastecimiento de agua utilizados para la alimentación de los sistemas específicos de extinción de incendios que emplean este agente extintor. Esta nueva edición de 2021 sustituye a la Norma UNE 23500:2018.
Igualmente, de gran relevancia para el sector es la publicación de la norma EN 54- Parte 1, versión en inglés. Se espera que la traducción de la versión en español sea aprobada en breve en el marco del CTN23/SC3. Esta nueva edición incluye nuevos términos, o revisa y corrige los existentes con la intención de actualizar y unificar su significado a lo largo de toda la serie normativa. Entre las nuevas definiciones destacan las descripciones de los equipos de control e indicación distribuidos, ECI, y los equipos de control e indicación de alarma por voz, VACIE.
Además, se ha publicado la última edición de la NFPA13 Norma para la instalación de sistemas de rociadores automáticos, que ha experimentado diversos cambios en su articulado. Las novedades más significativas de la edición 2022 de NFPA 13, son las siguientes: 1. Se añaden nuevos requisitos complementarios para los generadores de nitrógeno. 2. Se han añadido nuevas definiciones y se han modificado algunas de las existentes.
Otro logro importante en 2021, tras las gestiones realizadas por Tecnifuego, ha sido para solucionar el grave problema que se había producido en el mercado por la paralización de importantes obras e instalaciones equipadas con rociadores ESFR. Así, diversas empresas fabricantes de esta tecnología han recibido la resolución del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo en la que aceptan estos rociadores ESFR en el marco del R.D. 513/2017 (Reglamento de Instalaciones de protección contra incendios, RIPCI) y del Reglamento (UE) Nº 2019/515.