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El Decreto 16/2024 publicado por la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de Castilla y León por el que se regula el régimen de vigilancia, inspección y control de las actividades e instalaciones potencialmente contaminadoras en la región, crea y regula la figura de los Organismos de Control Ambiental Acreditados (OCAA) para la realización de actuaciones materiales de inspección ambiental.
El texto reglamentario determina que, para llevar a cabo estas actividades de inspección, los OCAA deberán estar inscritos en el Registro de Organismos de Control Ambiental Acreditados de Castilla y León, para lo cual, es imprescindible estar acreditado por ENAC, la Entidad Nacional de Acreditación, según la norma UNE-EN ISO/IEC 17020.
En el desarrollo de dicho Decreto la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental, publicó el pasado mes de diciembre una resolución por la que se aprobaron tres procedimientos de evaluación de la conformidad de aplicación a este tipo de trabajos, en concreto, para explotaciones ganaderas (PEC-EG), instalaciones industriales y/o gestores de residuos (PEC-IG) y vertederos con autorización ambiental integrada (PEC-VE).
ENAC se encuentra ya en disposición de recibir solicitudes de acreditación de las entidades de inspección interesadas en operar conforme a lo establecido en el Decreto 16/2024.
Cada vez con mayor frecuencia, administraciones públicas autonómicas, nacionales e internacionales confían en la acreditación como mecanismo para asegurar la confianza del sector público en la seguridad e integridad de actividades que intervienen en numerosos sectores económicos, en esta ocasión, en materia de control ambiental.
De este modo, el Decreto 16/2024 es una muestra más de la confianza depositada por la Administración Pública española en la acreditación de ENAC, que permite a los Organismos de Control colaborar con la Administración de Castilla y León en la realización de inspecciones ambientales dentro de su territorio.